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domingo, 6 de mayo de 2018

BLOQUE 11: LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL Y LOS DESEQUILIBRIOS REGIONALES


 BLOQUE 11: La Organización territorial y los desequilibrios regionales


La organización político-administrativa de España


1.      Evolución histórica de la organización político-administrativa.

La organización político administrativa actual es el resultado de un largo proceso histórico en el que la división territorial ha experimentado numerosas modificaciones.

1.1.  La organización político-administrativa en la Antigüedad

 Hasta la conquista romana,  el territorio peninsular estuvo habitado por diversos pueblos indígenas, con sus propias instituciones y costumbres.

 Bajo el dominio romano  se creó por primera vez una organización administrativa en provincias, cuyo número se incrementó desde las dos iniciales (citerior y ulterior) hasta siete (Tarraconesis, Baetica, Lusitania, etc).


  Los visigodos crearon por primera vez un estado independiente y unificado, con capital en Toledo.

1.2.  La organización político-administrativa en la Edad Media

En la Edad Media

–  Los musulmanes organizaron su territorio en provincias (coras) y alternaron etapas de unidad y de fragmentación territorial en las que las provincias se convertían en reinos independientes, los taifas.


–  Los cristianos crearon en su avance reconquistador, sus propios sistemas político-administrativos, que son el origen de la diferenciación regional actual.

En la cordillera Cantábrica se creó el reino de Asturias, que posteriormente dio lugar al reino de León, el reino de Portugal y el reino de Castilla.
En la zona pirenaica surgieron  Navarra, Aragón y los Condados Catalanes, a éstos se unió después el reino de Valencia y con las islas Baleares.


1.3.  La organización político-administrativa en la Edad Moderna

–  Los Reyes Católicos reunieron los territorios peninsulares, excepto Portugal. Pero esta unión fue exclusivamente dinástica, pues cada reino mantuvo sus propias estructuras político-administrativas y fiscales.

–  Con los Austrias continuó esta situación en los siglos XVI y XVII. Los Austrias respetaron los fueros y costumbres de sus reinos aunque manteniendo una estructura de Estado centrado en el monarca.

En el siglo XVIII se produjo el primer intento uniformizador con los Borbones.  El primer monarca Borbón, Felipe V, implantó  una intensa centralización y uniformización mediante los Decretos de Nueva Planta. Estos suprimieron la organización político-administrativa de la Corona de Aragón (Cortes, legislación, instituciones) y se estableció  el modelo castellano. Solo  Navarra y el País Vasco conservaron sus particularidades institucionales por su fidelidad al rey. La Corona de Aragón fue la más perjudicada, perdiendo sus fueros medievales de autogobierno.

1.4.  La organización político-administrativa contemporánea hasta la Constitución de 1978

En el siglo XIX, el ministro de Fomento Javier de Burgos realizó una nueva división provincial en 1833, que coincide prácticamente con la actual, organizó el territorio en 49 provincias, que en 1927 fueron 50 al dividirse las islas Canarias en dos provincias. Cada provincia tenía una ciudad como capital y la misma administración, facilitando la intervención del gobierno en ellas y el centralismo.  Las regiones se convirtieron en simples referencias para el estudio de ciertos rasgos paisajísticos, económicos o folclóricos e históricos.



No obstante, el sentimiento de pertenencia regional pervivió, como se puso de manifiesto en la Primera República (1873-1874). Durante este período se proyectó un estado federal organizado en regiones con competencias de gobierno, que no se llevó a la práctica ante la escasa duración de la República.

Tras ella, la Restauración de la monarquía abrió un período de intensa centralización. Como reacción, surgieron distintos movimientos regionalistas y nacionalistas, que reivindicaron la región y la promoción de la cultura regional. En Cataluña y sobre todo, el País Vasco, se empezó a discutir la unidad con el resto de España.

En el siglo XX, la Segunda República declaró que España era un estado integral compatible con la autonomía de los municipios y regiones (Constitución de 1931). Así, durante este período y la Guerra Civil, Cataluña, el País Vasco y Galicia pidieron y plebiscitaron afirmativamente proyectos de estatuto de autonomía.

Al finalizar el conflicto, el franquismo implantó un estado unitario, abolió los estatutos de autonomía vasco y catalán, reprimió el nacionalismo al identificarlo con el separatismo.  


2.      La organización político-administrativa actual del Estado español

2.1.  Las divisiones político-administrativas

La organización político-administrativa actual es propia de un Estado descentralizado, que reparte la toma de decisiones entre diferentes divisiones territoriales con capacidad de autogobierno en los asuntos de su competencia. Estas son:

–  El municipio es la entidad territorial básica. El gobierno y la administración municipal corresponden al Ayuntamiento, integrado por el alcalde y los concejales. Los concejales se eligen por los vecinos y el alcalde es elegido por los concejales. Se encarga de llevar los asuntos municipales, limpieza, gestión de servicios básicos, actividades socioculturales, etc.. del municipio.

–  La provincia es una entidad territorial  formada por una agrupación de municipios. Su función es prestar servicios de ámbito provincial y coordinar los servicios de los municipios. El gobierno y la administración corresponden a la Diputación Provincial. Con carácter ordinario, el gobierno y la administración autónoma de cada provincia corresponden a su diputación provincial.

Sin embargo, existen diversas fórmulas de organización provincial que dependen de las diferentes estructuras de las CC.AA:

·         Las comunidades autónomas uniprovinciales asumen las competencias, medios y recursos que corresponden en el régimen ordinario a las diputaciones provinciales.
·         Las comunidades autónomas insulares (Canarias e Islas Baleares) gozan de cabildos o consejos insulares.
·         En el País Vasco, las diputaciones forales de los territorios históricos (es decir, las entidades en las que, a su vez, se divide territorialmente la Comunidad Autónoma del País Vasco) asumen las competencias de las diputaciones provinciales, así como las demás que les corresponde como órganos forales en virtud del Estatuto de Autonomía del País Vasco.

–  La comunidad autónoma es una entidad territorial formada por provincias, dotadas de autonomía legislativa y capacidad de autogobierno sobre los asuntos de su competencia. Mientras que los municipios y las provincias ya estaban creados a la muerte de Franco, las comunidades autónomas tuvieron que constituirse, a lo largo de un complicado proceso.

2.1.  El Estado de las autonomías

El período autonómico se inició tras la promulgación de la Constitución de 1978 la organización territorial de España aparece en el Título VIII. Esta establece la indisoluble unidad de la nación española y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran, así como la solidaridad entre todas ellas.

Así quedaron constituidas las 17:

–  Cataluña, el País Vasco y Galicia (regiones históricas)
–  Andalucía.
–  Comunidad foral de Navarra,
–  Principado de Asturias, Cantabria, Castilla-León, Castilla-La Mancha, C. de Madrid, La Rioja, C. Valenciana, Extremadura, Aragón, Región de Murcia, Islas Baleares y Comunidad de Canarias.
–  Ceuta y Melilla recibieron el rango de municipios autónomos y, a diferencia de las comunidades, carecen de capacidad legislativa.

2.2.  La organización del estado autonómico

La organización del estado autonómico se caracteriza por los siguientes rasgos:

a)  Cada comunidad autónoma se halla regida por su Estatuto de autonomía, aprobado por las Cortes estatales. En este estatuto se recoge las características de cada comunidad, territorio, símbolos que les acredita y distingue y competencias para su autogobierno.
b)  Las comunidades pueden asumir competencias pueden ejercerse de forma exclusiva (la comunidad legisla y aplica la legislación) o compartida con el Estado.

Las competencias que pueden asumir las comunidades son muy amplias:
·         políticas (organizar sus instituciones de autogobierno);
·         económicas (agricultura, ganadería,  bosques, pesca, caza, ferias interiores, fomento del desarrollo);
·         infraestructuras y transportes (obras públicas, carreteras, ferrocarriles, puertos, aeropuertos)  ordenación del territorio, urbanismo, medio ambiente y vivienda;
·         sociales y sanitarias (asistencia social, sanidad, higiene, protección de edificios e instalaciones), y
·         culturales, deportivas y de ocio (museos, bibliotecas, conservatorios y fomento de la cultura, la investigación, la lengua propia, el turismo, el ocio, el deporte, etc.).

c)  Las instituciones de una comunidad autónoma son las siguientes:

–  La Asamblea Legislativa o Parlamento autonómico elabora la legislación. Sus miembros se eligen por sufragio universal cada cuatro años. Generalitat en Valencia y Cataluña, Asamblea de Madrid, Juntas de Castilla La Mancha, Andalucía, etc., Parlamento Vasco, Xunta de Galicia. Los nombres de estas asambleas son diversas y sus funciones quedan expresadas en los estatutos de autonomía.
–  El Consejo de gobierno o gobierno autonómico ejerce el poder ejecutivo. Está integrado por el presidente de la comunidad y  por consejeros, elegidos por el presidente. Son elegidos en las elecciones de cada comunidad cada 4 años.
–  El Tribunal Superior de Justicia es la máxima representación del poder judicial de cada comunidad autónoma.

Además, en cada comunidad autónoma existe un delegado del Gobierno, encargado de dirigir la administración general del Estado en la comunidad y de coordinarse con ella.

d)  La financiación de las comunidades autónomas responde a dos modelos:

·         Las comunidades de régimen común se financian con ingresos propios y con tributos cedidos por el Estado (% IRPF, IVA...). El Fondo de Suficiencia compensa desequilibrios aportando más cantidad las comunidades que las pobres.

·         El régimen foral afecta al País Vasco y Navarra, donde cada uno de sus territorios históricos se financia con los ingresos tributarios recaudados por su propia administración fiscal. La comunidad autónoma pacta con el Estado la cantidad a pagar a la Administración General del Estado mediante conciertos o convenios.

–  Los Fondos de Compensación Interterritorial (FFCI) pretenden evitar los desequilibrios territoriales aportando ingresos a las comunidades más desfavorecidas, que son las comunidades con renta per cápita inferior a la media nacional.

e)  El Estado de las autonomías se basa en la igualdad territorial y en solidaridad. Este hecho implica que los Estatutos de las comunidades no pueden contener privilegios o discriminaciones en cuestiones fiscales, salariales o de seguridad social, y que no pueden ahondarse los desequilibrios entre comunidades. 


Los desequilibrios territoriales


1.  Las diferencias espaciales: causas e indicadores

Existen desequilibrios socioeconómicos y demográficos entre las comunidades autónomas.  Las causas de los desequilibrios son las diferentes condiciones naturales y la desigual distribución de los recursos, la localización de las actividades económicas más dinámicas en cada momento histórico y las actuaciones humanas, que los han acentuado hasta épocas recientes.

Los indicadores  de los desequilibrios son numerosos:

–  Los desequilibrios económicos se observan en la capacidad productiva y se miden por el PIB. 
–  Los desequilibrios demográficos se manifiestan en la distribución de la población, medida por la densidad de población.
–  Los desequilibrios sociales se reflejan en la renta disponible de los hogares y en nivel de bienestar.

2.  La evolución de los desequilibrios territoriales

2.1.  El origen de los desequilibrios actuales

Entre mediados del siglo XIX y la crisis económica de 1975, el factor fundamental de los desequilibrios territoriales fue la localización de la industria moderna.

a)      Las áreas más desarrolladas fueron la periferia cantábrica y mediterránea, donde se localizó inicialmente la industria y Madrid, que añadió a la industria funciones terciarias como capital del Estado y principal centro financiero del país.
Las nuevas áreas dinámicas surgidas en la década de 1960: el eje del Ebro, al que se difundió la industria, y las islas Baleares y Canarias, favorecidas por el desarrollo turístico. Estas áreas, en el terreno económico, concentraron el mayor crecimiento del PIB. En el terreno demográfico, recibieron inmigrantes de las regiones del interior peninsular, aumentando su densidad de población. Y en el terreno social, incrementaron la renta bruta disponible de los hogares por encima de la media y consiguieron un buen nivel de vida gracias a la dotación de infraestructuras de transporte y de servicios sociales (sanitarios, asistenciales, escolares, culturales y de ocio).

b)  Las áreas menos desarrolladas fueron las del interior peninsular, en las que se mantuvieron el peso excesivo del sector primario; las industrias escasas, pequeñas y tradicionales, y los servicios de baja cualificación. Crecieron, pero en general, el ritmo fue menor. Extremadura, ambas Castillas y Galicia son ejemplo de ello.

2.2.  Los cambios producidos por la crisis económica de 1975

La crisis económica de 1975 acabó con la primacía de la industria como factor explicativo de los desequilibrios territoriales.

–  Las regiones industriales sufrieron una aguda crisis; sobre todo, las especializadas en sectores maduros (cornisa cantábrica), y en menor medida las que contaban con industrias más diversificadas (Cataluña).
–  La crisis afectó menos a las regiones que poseían menor peso industrial.

Como consecuencia de la crisis, se frenó el anterior proceso de concentración espacial de la producción y de la población en las áreas más industrializadas, dando lugar a un nuevo modelo de desequilibrios territoriales.

2.3.  Los desequilibrios territoriales actuales

A partir de 1985, la reestructuración económica que siguió a la crisis cambió los factores en que se basaban los desequilibrios territoriales y la jerarquía espacial.

2.3.1.  Los nuevos factores de los desequilibrios actuales

–  La industria pierde peso como factor de desarrollo debido a la reestructuración de muchos sectores tradicionales y a la tendencia a descentralizar parte de la producción hacia nuevos espacios industriales. Así se rompe la identificación anterior entre regiones desarrolladas e industrializadas.

–  Los servicios avanzados, de administración y servicios, la innovación y la alta tecnología se convierten en los principales factores de desarrollo:
·         funciones rectoras y de decisión;
·         servicios a la producción; actividades financieras, comerciales y de distribución, turismo
·         industrias de alta tecnología, telecomunicaciones, y agricultura tecnificada
·         la disponibilidad de mano de obra de alta cualificación
·         las inversiones en tecnología y formación
·         la calidad de las infraestructuras y de los equipamientos
·         la existencia de buenas comunicaciones con el entorno y con el extranjero.

2.3.2.  La jerarquía espacial actual

Estos nuevos factores está constituyen tres tipos de territorios:

a)  Los ejes de desarrollo son las regiones más favorecidas por los nuevos factores de desarrollo: Madrid; la Y constituida por el País Vasco, el valle del Ebro y el litoral mediterráneo norte, y los archipiélagos balear y canario. En lo económico, más significativas que las cifras del PIB son las del porcentaje que suponen en él los sectores punta, la innovación y la I+D, que continúan beneficiando a Madrid, Navarra, el País Vasco y Cataluña. En el terreno demográfico  se da la tendencia a difundir la población y parte de la actividad económica hacia otras áreas. En el terreno social, la renta bruta disponible por los hogares, los servicios y los equipamientos están por encima de la media.

b)  Los ejes en declive son los espacios muy especializados en sectores industriales maduros o en crisis. Entre ellos se encuentran algunos de la cornisa cantábrica, como Asturias y Cantabria. En estas áreas, en el terreno económico el PIB crece por debajo de la media, la población se encuentra estancada o en retroceso. Y en el terreno social, la disparidad en renta bruta disponible por los hogares y en bienestar es menor, ya que partían de niveles más altos.

c)  Los espacios menos desarrollados son los que cuentan con un mayor peso económico del sector primario; escaso desarrollo de las industrias avanzadas, y corresponden a las regiones del interior con Galicia, Andalucía y Murcia. En estas áreas, en el terreno económico, algunas comunidades como Murcia y Andalucía han incrementado su PIB por encima de la media en los últimos años, gracias al desarrollo de la agricultura tecnificada y del turismo; su PIB está por debajo de la media nacional. En el terreno demográfico existen disparidades entre las bajas densidades de las comunidades del interior, motivadas por la emigración de épocas pasadas, y las altas densidades del litoral, superiores a la media. Y en el terreno social, existen carencias en infraestructuras y servicios.


Las políticas regionales y de cohesión territorial

1.      Las bases de la política regional

Las políticas regionales son el medio de paliar los desequilibrios regionales de un Estado y de fomentar el desarrollo regional.

En España la política regional se inició en la década de 1960, con los Planes de Desarrollo (1964-1975). Estos se basaron en el fomento de la industria en ciertas áreas atrasadas (polos de promoción y polos de desarrollo industrial) para que actuase como motor del desarrollo del entorno. Sus escasos resultados cuestionaron la eficacia de las actuaciones centralizadas y desde arriba y, tras un período de letargo (1975-1985), dieron lugar a partir de 1986 a una nueva política regional, marcada por tres hechos:

–  El deseo de llevar a la práctica el principio de la solidaridad interterritorial establecido por la Constitución.
–  El establecimiento y el desarrollo del Estado de las autonomías.
–  La adhesión a la Comunidad Europea.

La política estatal para corregir los desequilibrios  debe seguir las directrices marcadas por la política regional de la Unión Europea, y fomentar su desarrollo a través de los gobiernos autonómicos, a los que la Constitución otorga competencias en la ordenación de su territorio.

2.  La política regional y de cohesión de la Unión Europea 2007-2013

Tras su ingreso en la Comunidad Europea en 1986, España se integró en la política regional europea. Desde entonces ha recibido fondos comunitarios y su política regional debe ser aprobada por la Unión Europea.

1.1.  Los objetivos de la política regional europea

La política regional europea tradicional ha tenido como objetivo  corregir los desequilibrios entre las regiones europeas y  aumentar la cohesión territorial.

La nueva política regional 2007-2013 se propone además reforzar la competitividad de todas las regiones para hacer frente a la creciente competencia mundial entre territorios determinada por la globalización. Para ello, de acuerdo con la Estrategia de Lisboa (2000), es necesario:
·         impulsar la economía del conocimiento (I+D, sociedad de la información, e innovación) y
·         mejorar el modelo social (creando más y mejores empleos y evitando la exclusión social)
·         todo ello en un marco general de desarrollo sostenible.

Para conseguirlo, la política regional se propone tres objetivos:

a)      La Convergencia pretende aproximar  las regiones menos desarrolladas a las más avanzadas.
En  este objetivo se incluyen regiones, que reciben el 81,54% de los fondos: Son las que tienen un con PIB por cabeza por debajo del 75% de la media comunitaria.


b)  La Competitividad Regional y el Empleo se propone mejorar la competitividad y el empleo de las regiones. Recibe el 15,95% de los fondos:

Canarias recibe además el 44,4% del total del fondo destinado a las regiones ultraperiféricas (RUP) para atender a sus especiales dificultades.

c)  La Cooperación Territorial Europea pretende mejorarse mediante proyectos de cooperación transfronteriza (entre regiones europeas fronterizas), transnacional (entre regiones de los estados comunitarios) e interregional (entre las regiones) y recibe el 2,52% de los fondos. 

1.2.  Los instrumentos de la política regional europea

En conjunto, aportarán a España más de 35 mil millones de euros.

–  El FEDER (Fondo Europeo para el Desarrollo Regional) financia inversiones destinadas a reducir los desequilibrios territoriales. Aporta fondos a las regiones de Convergencia, a las de Competitividad y Empleo y la Cooperación Territorial Europea.

–  El FSE (Fondo Social Europeo) financia actuaciones destinadas a desarrollar los recursos humanos, prevenir y luchar contra el desempleo facilitando el acceso al trabajo de los más desfavorecidos.

–  El Fondo de Cohesión financia exclusivamente inversiones públicas en medio ambiente y en redes transeuropeas de transporte en los países con renta nacional bruta por cabeza inferior al 90% de la media comunitaria.

Para conseguir el objetivo general de competitividad, las inversiones de estos fondos deberán dirigirse prioritariamente a impulsar  y a crear más y mejores empleos.

Para acceder a las ayudas europeas, el Estado y cada comunidad autónoma deben presentar a la Unión Europea programas para cada uno de los fondos.

1.3.  Las repercusiones de la política regional europea en España

La integración española en la política regional comunitaria ha tenido diferentes  repercusiones:

–  Ha supuesto una cierta cesión de la soberanía a la Unión Europea.
–  Ha permitido recibir ayudas que han favorecido la convergencia española con Europa. Así, durante el período 1988-2006 España ha sido el país que ha recibido más ayudas europeas.
–  Ha reducido los desequilibrios interterritoriales, al concentrar las ayudas en las regiones más desfavorecidas.

Por otra parte, una batería de 39 indicadores utilizados para medir los desequilibrios regionales muestra que las regiones españolas evolucionan más favorablemente que la media de la UE en los indicadores demográficos y tienen una buena situación en infraestructuras de transporte.

Sin embargo, se sitúan por debajo de la media comunitaria en los indicadores económicos de productividad, mercado de trabajo, formación e I+D, lo que ha provocado una cierta desaceleración de la convergencia en los últimos años.

De este análisis se desprende que las regiones de convergencia deben mantener su esfuerzo en favor de la cohesión con el resto de la UE, y que las de competitividad deben mejorar la productividad.

3.  La política regional del Estado español

La Constitución Española establece que el Estado debe velar por el equilibrio entre las regiones y garantizar la aplicación del principio de solidaridad. Para ello, lleva a cabo una política regional, dentro de las directrices de la Unión Europea.

3.1.  Los objetivos de la política regional estatal

Los objetivos de la política regional española son lograr un desarrollo regional equilibrado potenciando a las regiones más desfavorecidas y fomentar el potencial endógeno.

Las estrategias para conseguir estos objetivos son:

–  Consolidar el crecimiento de las áreas más dinámicas
–  Detener el declive de la cornisa cantábrica y recuperar su antiguo potencial de crecimiento.
–  Impulsar el despegue del eje Mediterráneo sur (Andalucía y Murcia), incorporándolo al dinamismo del eje del mediterráneo norte.
–  Apoyar al resto de las regiones, a través de importantes inversiones en infraestructuras, diversificación económica y desarrollo del potencial endógeno.

3.2.  Los instrumentos de la política regional estatal

Para conseguir estos objetivos, el Estado debe fomentar la actividad económica en las zonas menos favorecidas y en las que atraviesan especiales dificultades económicas. Los instrumentos para conseguirlo son la concesión de incentivos regionales y los Fondos de Compensación Interterritorial.

Los incentivos regionales

Los incentivos regionales son las ayudas financieras concedidas por el Estado a la inversión empresarial en ciertas zonas con el fin de paliar los desequilibrios interterritoriales y reforzar el desarrollo endógeno.

Estas ayudas deben ser compatibles con la normativa europea sobre competencia y con las directrices de la nueva política regional europea para el período 2007-2013.

–  La normativa europea sobre competencia prohíbe, en general, las ayudas estatales porque distorsionan la competencia y el comercio intracomunitario.
–  Las directrices de la nueva política regional europea para el período 2007-2013.  De acuerdo con ellas se han establecido las zonas de aplicación de los incentivos, los límites máximos de las ayudas, los sectores y los proyectos promocionables.

a)      Las zonas de aplicación de incentivos se aplican según el PIB
Las regiones con PIB per cápita inferior al 75% de la media europea perciben los tipos más altos de ayuda.  Las regiones las más beneficiadas  Extremadura y Canarias. Esta última, por su condición de región ultraperiférica. 

Las regiones con PIB per cápita superior al 75% de la media europea, entre las que se encuentran las de competitividad, perciben ayudas a tipos más bajos.


b)  Los sectores promocionables son: industrias extractivas y transformadoras, particularmente las de tecnología avanzada, agroalimentarias y de acuicultura, servicios  a la producción y sectores que mejoren las estructuras comerciales, los  alojamientos turísticos y las instalaciones de ocio complementarias.

c)  Los proyectos promocionables son los que supongan la creación de nuevos establecimientos, su ampliación o la modernización de las instalaciones.

          Los Fondos de Compensación Interterritorial

Para paliar los desequilibrios territoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, la Constitución estableció la creación de un Fondo de Compensación. De acuerdo con ello, se creó en 1980 el Fondo de Compensación Interterritorial.

Hasta 1990 benefició a todas las comunidades autónomas; a partir de entonces, solo lo reciben las que tienen renta per cápita inferior a la media nacional.

Los recursos de los Fondos proceden de los Presupuestos Generales del Estado y son distribuidos por las Cortes entre las comunidades autónomas

4. La ordenación del territorio.


La ordenación del territorio

Las diferentes regiones llevan a cabo también políticas destinadas a paliar sus desequilibrios internos y a fomentar su desarrollo  económico, social y medioambiental, como forma de hacer frente a la creciente competencia entre territorios a escala mundial y nacional.

Para que estas resulten eficaces y no generen contradicciones, deben realizarse coordinadamente para el conjunto del territorio, mediante políticas de ordenación del territorio.

4.1.  Los objetivos de la ordenación del territorio

La ordenación del  territorio es, según la Carta Europea de Ordenación del Territorio (1983), “la expresión espacial de la política económica, social, cultural y ecológica de toda sociedad”.

a)      Sus objetivos son:

·         el desarrollo socioeconómico equilibrado de las regiones y la organización integral del espacio que supone una correcta distribución y accesibilidad de las dotaciones y equipamientos.
·         la organización integral del espacio supone coordinar las políticas económicas sectoriales, con la mejora del bienestar social y de la calidad de vida y con la preservación del medio ambiente y de los recursos.

Este hecho supone un fuerte contraste con la organización territorial anterior europea y española en la que predominaban las políticas económicas sectoriales independientes y descoordinadas, que solían generar contradicciones entre sí y no consideraban los costes sociales y medioambientales.

b)  De acuerdo con estos fines, la ordenación del territorio es a la vez

–  Una disciplina científica de carácter interdisciplinar que abarca diversas ciencias con implicaciones territoriales como la geografía, la economía, la sociología, el urbanismo, el derecho, etc.
–  Y es  una política porque la consecución de sus objetivos es una tarea esencialmente política, en la que debe darse la participación de los poderes públicos y del conjunto de la sociedad.



4.2.  Los instrumentos de la ordenación del territorio

a)  El instrumento básico para la ordenación del territorio es la elaboración de un plan. Este comporta siempre dos aspectos fundamentales:

–  El análisis de la situación actual, modelo territorial actual.
–  La planificación territorial incluye las estrategias, actuaciones, instrumentos y recursos necesarios para alcanzar los objetivos, así como su periodización.

Una vez alcanzado el modelo territorial propuesto, éste se convierte en la nueva realidad que habrá que analizar y planteará nuevos retos.

b)  El ámbito principal de la planificación territorial es la región. Su ordenación corresponde a las autoridades regionales, que elaboran los Plantes Territoriales Generales, con las directrices generales.

4.3.  La ordenación del territorio en España

En España, la política de ordenación del territorio se inició en la década de 1980, tras la consolidación del Estado de las autonomías.

El espacio predominante en el que se ha venido desarrollando es el regional,  sin embargo, al tratarse de una organización global del espacio aparecen también implicados los ámbitos europeo, estatal y local, que tienen atribuciones sobre ciertos temas con destacada incidencia en la ordenación del territorio.
Por ello es importante una comunicación permanente entre las administraciones de cada uno de estos ámbitos.














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